La cuantía de la pensión de la jubilación es un asunto capital para los trabajadores, dado que esta prestación supone la principal fuente de ingresos una vez se jubilan y dejan de pertenecer a la población activa. Por eso, durante toda la vida laboral y especialmente en los años previos a la edad ordinaria de jubilación, es normal hacer cálculos y proyecciones sobre ese importe resultante.
En España todas las cuestiones acerca de la pensión de jubilación se relacionan con la cotización del trabajador, dado que estas pensiones son contributivas, es decir, se basan en las cotizaciones (en las contribuciones) del trabajador a lo largo de toda su vida. Por eso es normal hacerse preguntas y proyecciones al respecto. Por ejemplo: ¿cuánta pensión de jubilación me quedará si cotizo 35 años?
Para responder a esta pregunta es necesario acudir a la Ley General de la Seguridad Social, que en sus artículos 209 y 210 explica cómo se calcula la pensión de jubilación. El proceso, tal y como se explica en el texto de la ley (que se puede consultar en este enlace del Boletín Oficial del Estado), se compone de dos fases:
-La base reguladora se obtiene sumando las bases de cotización de los últimos 25 años (300 bases) y dividiendo esa suma entre 350. La Seguridad Social aplica coeficientes a todas las bases salvo a las de los dos últimos años para reflejar el efecto de la inflación y permite la integración de lagunas (excepto en el caso de autónomos y empleadas de hogar) para rellenar los periodos sin cotizar con bases ficticias de entre el 100% y el 50% de la base mínima.
-Después hay que determinar el porcentaje de la base reguladora al que se tiene derecho. Esto también depende de la cotización: se da el 50% por los primeros 15 años, un 0,21% extra por cada uno de los siguientes 49 meses y un 0,19% extra por cada uno de los siguientes 209 meses.
Con estos cálculos, una persona que ha cotizado un total de 35 años tendría derecho a una pensión de jubilación de importe igual al 96,58% de la base reguladora.
Qué pensión te queda si te jubilas de forma anticipada con 35 años cotizados
Sin embargo, cuando una persona llega a los 35 años cotizados ya tiene derecho a acogerse a la jubilación anticipada, tanto en su modalidad voluntaria (que permite hasta dos años) como en su modalidad involuntaria (que permite adelantos de hasta cuatro años). Eso sí, la jubilación anticipada implica recortes en la pensión.
Estos recortes se hacen sobre la cuantía de la pensión una vez ya se ha calculado y dependen tanto de la modalidad elegida como del tiempo de adelanto y de la cotización previa del trabajador. Tal y como se recogen en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre (puede consultarse en este enlace del Boletín Oficial del Estado), los recortes para personas con 35 años cotizados son los siguientes:
–Del 21% al 3,26% de la pensión en el caso de la jubilación anticipada voluntaria.
–Del 30% al 0,63% de la pensión en el caso de la jubilación anticipada involuntaria.



