Cuánto cobrará una persona que se jubila sin haber cotizado 30 años

Las cuestiones relacionadas con la pensión de jubilación son las más importantes para las personas que se aproximan a la edad para jubilarse. No es para menos: una vez se jubilen esa pensión sustituirá al salario y se convertirá en su principal fuente de ingresos.

Una de las preguntas que se repiten de forma continua es la de la cuantía de la pensión de jubilación a la que un trabajador tiene derecho cuando esa jubilación sea efectiva. En España esa pregunta tiene una respuesta que va en función de la cotización acumulada por ese trabajador a lo largo de la vida laboral. Por lo tanto, en cada caso particular será distinto. Por ejemplo: ¿cuánta pensión de jubilación le queda a una persona que ha cotizado menos de 30 años?

La complejidad del sistema de pensiones español hace que, otra vez, no exista una respuesta única a esa pregunta. Todo depende de los años cotizados por el trabajador: en función de esa cantidad tendrá derecho a un tipo de pensión u otro y a una cuantía concreta.

Qué pensión cobras si has cotizado menos de 15 años

Es el primero de los casos de las personas que no llegan a esos 30 años cotizados: que ni siquiera hayan llegado a 15 años cotizados. Esto es pone en una situación más desfavorable, ya que solo podrán percibir la pensión no contributiva de jubilación, aquella que se destina a las personas que no han cotizado lo suficiente (esos 15 años) para la pensión contributiva. Para poder cobrarla hay que acreditar, además, una serie de requisitos que recoge el IMSERSO en su página web:

-Tener al menos 65 años.

-Haber residido en España al menos 10 años, de los cuales dos deben haberse producido los dos años inmediatamente anteriores al cobro de la pensión.

-No tener ingresos superiores a 6.784,54 euros anuales. El límite sube a 11.533,72 euros anuales si conviven dos personas (28.834,30 euros si es con hijos o padres), a 16.282,90 euros anuales si conviven tres personas (40.707,25 euros si es con padres o hijos) y a 21.032,08 euros anuales si conviven cuatro o más personas (52.580,20 euros si conviven con hijos o padres).

Cuánta pensión cobras si has cotizado menos de 15 años

La cuantía de las pensiones no contributivas aumentó un 15% a mediados de 2022, un incremento que se ha mantenido durante todo 2023 como medida para aliviar la economía de las familias más vulnerables en un contexto de crisis económica por la inflación y la guerra de Ucrania. Las cantidades aparecen reflejadas en la página web del IMSERSO:

-La cuantía general es de 484,61 euros mensuales y 6.784,54 euros anuales.

-La cuantía del 25% es de 121,15 euros mensuales y 1.696,14 euros anuales.

El importe de la pensión no contributiva es diferente si en la misma unidad familiar coinciden varios beneficiarios de este tipo de pensión:

-Si coinciden en la misma unidad familiar dos personas con derecho a pensión el importe para cada una de ellas será de 411,92 euros mensuales y 5.766,86 euros anuales.

-Si coinciden en la misma unidad familiar tres o más personas con derecho a pensión el importe de la misma para cada una de ellas es de 387,69 euros mensuales y 5.427,63 euros anuales.

Qué pensión cobras si has cotizado menos de 30 años

En el caso de superar los 15 años cotizados y aunque no llegue a esos 30 años, el trabajador ya tendrá derecho a una pensión contributiva de jubilación, que se otorga a todas las personas que han cumplido la edad ordinaria de jubilación (que es de 66 años y cuatro meses), se encuentran de alta en la Seguridad Social y están al corriente de pago con el organismo. Además, se les exige una cotización de dos años dentro de los 15 inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.

Cuánta pensión cobras si has cotizado menos de 30 años

Para saber la cuantía de la pensión a la que tiene derecho una persona será necesario acudir al método de cálculo de las pensiones de jubilación de la Seguridad Social, que suma las bases de cotización de los últimos 25 años (un total de 300 bases) y las divide entre 350 para obtener la base reguladora del trabajador.

En este cálculo el trabajador puede beneficiarse de la integración de lagunas para rellenar con bases ficticias (de entre el 100% y el 50% de la base mínima vigente en cada momento) los periodos sin cotizar, aunque no aplica a autónomos o empleadas del hogar. Además, la Seguridad Social aplica automáticamente coeficientes a las bases de todos los años salvo los dos últimos para reflejar en esas bases el efecto de la inflación.

Una vez calculada la base reguladora, al trabajador solo le queda saber el porcentaje de esa base reguladora a la que tiene derecho. Todo depende de los años que haya cotizado: con los primeros 15 años se garantiza el 50% de la base reguladora, por cada uno de los siguientes 49 meses cotizados tendrá un 0,21% extra y por cada uno de los siguientes 209 meses tendrá un 0,19% extra de base reguladora. Esto deja los siguientes porcentajes de la base reguladora en función de los años cotizados:

-La cuantía de la pensión de jubilación con 16 años cotizados es del 52,52% de la base reguladora.

-La cuantía de la pensión de jubilación con 17 años cotizados es del 55,04% de la base reguladora.

-La cuantía de la pensión de jubilación con 18 años cotizados es del 57,56% de la base reguladora.

-La cuantía de la pensión de jubilación con 19 años cotizados es del 60,08% de la base reguladora.

-La cuantía de la pensión de jubilación con 20 años cotizados es del 62,38% de la base reguladora.

-La cuantía de la pensión de jubilación con 21 años cotizados es del 64,66% de la base reguladora.

-La cuantía de la pensión de jubilación con 22 años cotizados es del 66,94% de la base reguladora.

-La cuantía de la pensión de jubilación con 23 años cotizados es del 69,22% de la base reguladora.

-La cuantía de la pensión de jubilación con 24 años cotizados es del 71,50% de la base reguladora.

-La cuantía de la pensión de jubilación con 25 años cotizados es del 73,78% de la base reguladora.

-La cuantía de la pensión de jubilación con 26 años cotizados es del 76,04% de la base reguladora.

-La cuantía de la pensión de jubilación con 27 años cotizados es del 78,32% de la base reguladora.

-La cuantía de la pensión de jubilación con 28 años cotizados es del 80,60% de la base reguladora.

-La cuantía de la pensión de jubilación con 29 años cotizados es del 82,88% de la base reguladora.

En todo caso, las personas con menos de 30 años cotizados tendrán una pensión de jubilación de un importe menor al 85,16% de la base reguladora que le corresponda.

Cuáles son las cuantías mínimas y máximas de las pensiones en 2023

Con todo, estas cantidades tendrán que encajar dentro de las cuantías mínimas y máximas que la ley estipula para las pensiones y que cambian de año a año. La prestación no podrá ser inferior a la cuantía mínima de las pensiones (se aplicaría el complemento a mínimos), que depende del tipo de jubilación:

Cuantía mínima de las pensiones de jubilación para personas con 65 años o más: 966,20 euros mensuales (13.526,80 euros anuales) para personas con cónyuge a cargo, 783,10 euros mensuales (10.963,40 euros anuales) para personas sin cónyuge y 743,30 euros mensuales (10.406,20 euros anuales) para las personas con cónyuge no a cargo.

Cuantía mínima de las pensiones de jubilación para personas de 65 años o más procedentes de gran invalidez: 1.449,30 euros mensuales (20.290,20 euros anuales) para personas con cónyuge a cargo, 1.174,70 euros mensuales (16.445,80 euros anuales) para personas sin cónyuge y 1.115 euros mensuales (15.610 euros anuales) para personas con cónyuge no a cargo.

Cuantía mínima de las pensiones de jubilación para personas de menos de 65 años: 905,90 euros mensuales (12.682,60 euros anuales) para personas con cónyuge a cargo, 732,60 euros mensuales (10.256,40 euros anuales) para personas sin cónyuge y 692,50 euros mensuales (9.695 euros anuales) para personas con cónyuge no a cargo.

En paralelo, también existe una cuantía máxima que las pensiones no pueden superar. Esta cuantía se va modificando año tras año y para 2023 es de 3.058,81 euros mensuales y 42.823,34 euros anuales, tal y como recoge el Real Decreto 1058/2022, de 27 de diciembre (disponible en este enlace del Boletín Oficial del Estado).

Entrada siguiente

Hasta 400 migrantes al día son detectados con tuberculosis, malaria y desnutrición en su tránsito por Honduras

Jue Sep 28 , 2023
TEGUCIGALPA, HONDURAS. – Mientras sus cuerpos luchan por mantenerse en pie durante su agotadora travesía hacia Estados Unidos, miles de migrantes irregulares son afectados por una serie de delicadas enfermedades que amenazan sus vidas y capacidades de supervivencia. Así lo explicó a LA PRENSA Premium Marietta González, doctora del Instituto […]
Hasta 400 migrantes al día son detectados con tuberculosis, malaria y desnutrición en su tránsito por Honduras

Puede que te guste

Chief Editor

Johny Watshon

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit, sed do eiusmod tempor incididunt ut labore et dolore magna aliqua. Ut enim ad minim veniam, quis nostrud exercitation ullamco laboris nisi ut aliquip ex ea commodo consequat. Duis aute irure dolor in reprehenderit in voluptate velit esse cillum dolore eu fugiat nulla pariatur

Quick Links